El perito de seguros

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Senassurespecialistas en seguros de moto para corredores y mediadores de seguros, queremos dar a conocer todos los detalles sobre la figura del Perito de Seguros.

El Perito de Seguros es el técnico experto en una materia que, además, conoce la técnica aseguradora y el contrato de seguro. Es decir, tiene un plus sobre otro perito, conocedor de una técnica concreta, y es que nuestro Perito de Seguros hace además una incursión en el terreno del Derecho puesto que a mayores del conocimiento técnico, tiene que interpretar un condicionado de un contrato de seguro, o en algunos casos varios contratos de forma simultánea.

Es por ello que la Ley lo define a través de las funciones que el Perito de Seguros realiza. Así pues la Ley 30/95 de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados reza literalmente:

“Son peritos de seguros quienes dictaminan sobre las causas del siniestro, la valoración de los daños y las demás circunstancias que influyen en la determinación de la indemnización derivada de un contrato de seguro y formulan la propuesta de importe líquido de la indemnización”.

Si analizamos cada una de los elementos anteriores veremos qué:

1.- El perito investiga y analiza las causas del siniestro, ya que ante un contrato de seguro la causa es el factor determinante de la existencia o no de cobertura, es decir un siniestro puede ser la consecuencia de hechos o acciones diversas como causa del mismo y puede suceder que el contrato o póliza de seguro no cubra todas esas posibles causas. Así la Ley excluye los casos en los que el asegurado haya obrado con dolo o mala fe y hoy en día son habituales las cláusulas que excluyen la cobertura o atenúan o eximen las obligaciones del asegurador en casos por ejemplo, de negligencia del asegurado o del tomador del seguro. En todos estos casos se precisa de la opinión técnica y cualificada del Perito de Seguros.

2.- Valora los daños, lo que implica las necesarias tasaciones del valor del bien objeto del seguro y de los daños producidos en el mismo, en el caso de seguros de daños a los objetos, y la evaluación de los daños físicos y psíquicos a las personas, en caso de los seguros a las personas. Incluso pueden darse situaciones de valoración del daño producido a derechos, o a bienes intangibles o que implican un elevado grado de subjetividad, como pueda ser por ejemplo, la imagen.

3.- Valora las circunstancias que influyen en la determinación de la indemnización derivada de un contrato de seguro. Son muy numerosas las posibilidades de elementos que influyan en la determinación de dicha indemnización ya que dependerán en cada caso del bien asegurado, de la localización del riesgo asegurado, del siniestro acontecido, de las coberturas y exclusiones recogidas en la póliza, de la posible existencia de infraseguro, etc. El Perito de Seguros realiza dicha valoración de cara a determinar si la cobertura habrá de aplicarse en su totalidad o si en su caso habrá de aplicarse la “regla proporcional” o una “regla de equidad”.

4.- Formula la propuesta de importe líquido de la indemnización. Por último y tras los trabajos sucintamente descritos, el Perito de Seguros manifiesta, la que a leal saber y entender debe ser, la indemnización de un siniestro concreto cubierto por una póliza concreta.

El perito es una figura esencial para todas las compañías de seguros, el cual, de manera objetiva, expondrá la resolución de la pericia dentro de una total imparcialidad.

2 Responses to El perito de seguros

  1. Artículo, Claro, Concreto y Conciso.
    Cabría, en todo caso puntualizar, la OBJETIVIDAD e INDEPENDENCIA, pese a que su contratación sea realizada por la compañía Aseguradora.
    Saludos cordiales

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