Una década del carnet por puntos

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La entrada en vigor del carnet por puntos, hace 10 años, supuso un cambio de hábitos entre los conductores españoles y una notable disminución de los accidentes con víctimas mortales en la red viaria española. Una década después de su puesta en marcha, recordamos cómo se estructura, qué infracciones conllevan pérdida de puntos y qué cursos han de realizarse para recuperar tanto estos últimos como el permiso o la licencia en caso de agotarlos.carnet por puntos

En Senassur, especialistas en seguros de moto y quad para mediadores y corredores, nos ocupamos del carnet por puntos una década después de su entrada en vigor. A través del presente post explicamos en qué consiste, repasamos cuáles son las principales infracciones que restan puntos y explicamos para qué sirven los cursos voluntarios y obligatorios de sensibilización y educación vial.

El 1 de julio de 2006 entró en vigor el bautizado como permiso por puntos, una iniciativa con la que se pretendía reforzar la seguridad vial en España pasando de un sistema sancionador a otro reeducador. Desde que entró en vigor, casi 7,5 millones de conductores han perdido algún punto de su carnet y se han impuesto más de 12 millones de sanciones que han ocasionado la pérdida de puntos a sus infractores. De ellos, más de 200.000 han perdido el permiso de conducir al agotar su saldo de puntos y cerca de 150.000 lo han recuperado.

En cuanto a la opinión que merece el carnet por puntos entre los ciudadanos españoles, un reciente barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) pone de manifiesto que cerca del 70 por ciento de los encuestados valora positivamente su entrada en vigor. En concreto, el 15,9 por ciento considera que la introducción del nuevo permiso de conducir ha sido una medida “muy buena”, mientras que el 53,4 por ciento de los entrevistados la juzga como “buena”.

Y al preguntarles sobre si el carnet por puntos modificó su forma de conducir, casi el 17 por ciento de los encuestados reconoce que su introducción cambió sus hábitos “mucho” o “bastante”. Sin duda, llama la atención que dicho porcentaje ascienda al 40,2 por ciento al responder a la pregunta de si cambiaron su manera de circular en un vehículo a motor tras perder algún punto del permiso.

Por lo que respecta a las muertes registradas en la red viaria española desde la llegada del carnet por puntos, las estadísticas de la Dirección General de Tráfico (DGT) son concluyentes: durante 2006 se registraron 4.104 fallecidos en accidentes de tráfico en nuestro país, cifra que descendió hasta 1.688 en el año 2015.

Hasta 15 puntos

Para aquellos que desconozcan cómo se estructura el permiso de conducir en España, les diremos que un conductor novel comenzará su andadura con un saldo de ocho puntos. Transcurridos tres años, si no ha cometido ninguna infracción, el mismo se incrementará hasta los 12 puntos.

Pasado ese mismo periodo, no cometer infracciones se premiará con dos puntos adicionales, de tal forma que el crédito llegará a los 14 puntos. Y si en los tres años siguientes el titular del carnet continúa en esa línea, demostrando que es un buen conductor, se le añadirá un punto más, alcanzando el máximo de 15 puntos contemplado en la actualidad.

En caso de que a un conductor se le retire el permiso o la licencia por haber agotado todos los puntos, al obtener un nuevo carnet comenzará con ocho puntos.

Carnet por puntos: infracciones que restan

El número de puntos inicialmente asignado al titular de un permiso o licencia de conducción se reducirá por cada sanción firme, en vía administrativa, que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos según el baremo establecido en el Anexo II de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

A tenor de esta norma, las siguientes infracciones son castigadas con la pérdida de seis puntos del carnet:

  • Conducir con exceso de alcohol en la sangre (0,50 mg/l de aire espirado; 0,30 mg/l para conductores profesionales y noveles con menos de dos años de experiencia).
  • Conducir con presencia de drogas en el organismo.
  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de drogas en el organismo.
  • Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
  • El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
  • La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.

A continuación, las siguientes infracciones son castigadas con la pérdida de cuatro puntos del carnet:

  • Conducir con exceso de alcohol en la sangre (de 0,25 a 0,50 mg/l de aire espirado; de 0,15 a 0,30 mg/l para conductores profesionales y noveles con menos de dos años de experiencia).
  • Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no habilite para ello.
  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso y la obligación de detenerse en las señales de stop y ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
  • No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
  • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo precedente.
  • Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.

Por último, las siguientes infracciones son castigadas con la pérdida de tres puntos del carnet:

  • Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y en los términos establecidos reglamentariamente.
  • Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención al conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado.
  • No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios.
  • Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

Además, las infracciones de exceso de velocidad consideradas graves o muy graves conllevan la pérdida de dos, cuatro o seis puntos del carnet.

Percepción sobre el comportamiento de los conductores españoles

Al hilo de las infracciones, y volviendo al barómetro del CIS, el 50,5 por ciento de los encuestados considera que los conductores españoles exceden “muchas veces” el límite de velocidad en ciudad. Además, también censuran que hablen por teléfono mientras conducen (54,2 por ciento); que rebasen el semáforo en color ámbar (45,5 por ciento); que excedan el límite de velocidad en carretera o autovía (57,3 por ciento); que estacionen el vehículo en un lugar inadecuado (52,1 por ciento); que manipulen la radio, el CD o el navegador mientras conducen (43,5 por ciento); que conduzcan después de ingerir alcohol (39,7 por ciento) o que lo hagan sin el cinturón de seguridad (30,5 por ciento). Como hemos visto en el apartado anterior, algunas de estas conductas son penalizadas con la pérdida de puntos.

Y para evitar accidentes, la medida más demandada es impulsar los controles y la presencia policial en la red viaria (27,9 por ciento), seguida por las campañas de sensibilización y educación vial (21,2 por ciento) y la mejora de las vías y la señalización (14,2 por ciento).

¿Cómo se recuperan los puntos o el carnet?

Retomando el carnet por puntos, explicaremos, por último, qué se debe hacer para recuperar tanto los puntos perdidos como el carnet si fuese el caso.

En el primero de los supuestos, existen dos posibilidades:

  • Se pueden recuperar hasta seis puntos realizando un curso de sensibilización y reeducación vial en un centro concertado. El mismo es voluntario, tiene una duración de 12 horas y puede llevarse a cabo una vez cada dos años –anualmente en el caso de los conductores profesionales–. El coste económico del curso debe ser costeado por el alumno.
  • Quienes hayan sufrido una pérdida parcial de puntos podrán recuperar el crédito inicial después de dos años sin sanciones en firme, vía administrativa, por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos. Pero si esta última se debe a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del saldo será de tres años.

Aquellos conductores que hayan agotado sus puntos y reciban una notificación informándoles que no están autorizados para conducir, podrán obtener un nuevo permiso:

  • Realizando un curso obligatorio de sensibilización y reeducación vial en un centro concertado. Su duración es de 24 horas y el coste económico ha de ser sufragado por el alumno.
  • Además, una vez transcurrido el plazo de duración de la pérdida de vigencia para conducir –seis meses para los conductores en general y tres meses para los profesionales–, tendrán que superar una prueba teórica sobre los contenidos del curso realizado. La misma se llevará a cabo previa solicitud de cita en una Jefatura Provincial de Tráfico.

Como hemos mencionado en el segundo apartado del presente blog, si a un conductor se le retira el permiso o la licencia de conducir por haber agotado todos los puntos, al obtener un nuevo carnet comenzará con ocho puntos –equiparándose así a un conductor novel–.

Quienes deseen consultar su saldo de puntos, pueden hacerlo en el siguiente enlace de la página web de la DGT.

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6 Responses to Una década del carnet por puntos

  1. […] Una década del carnet por puntos […]

  2. AMG dice:

    Interesante artículo. Aunque todavía queda mucho por hacer, el carnet por puntos ha salvado muchas vidas.

  3. D. L. L. dice:

    Excelente artículo práctico sobre el sistema de carnet por puntos. Me ha quedado muy claro cómo funciona y ha despejado las dudas que tenía. Enhorabuena por contenidos de este tipo, tan necesarios por su utilidad.

    • Marta Nieto dice:

      Muchas gracias por su interés en el blog de Senassur. Nos alegramos de que los contenidos le hayan resultado de utilidad. Esperamos que futuros post, sigan siendo de su interés y agrado. si lo desea puede suscribirse al Blog de Senassur para recibir mensualmente los contenidos más visitados.
      Gracias.

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