Con la aprobación de un paquete de reformas legales se pretende reducir el número de víctimas de accidentes de circulación en España. Desde el blog de Senassur explicamos cuáles son las principales novedades en las normas de tráfico en 2021.
En el transcurso de 2021, la DGT implementará una serie de reformas en las normas de tráfico. El objetivo, según el organismo autónomo dependiente del Ministerio del Interior, es generar un modelo de seguridad vial, alineado con la política de la Unión Europea y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que contribuya a reducir un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de circulación.
Para lograr dicho fin en la próxima década, las reformas en las normas de tráfico en 2021 se centrarán en cuestiones como el carnet por puntos, la formación de los conductores, los límites de velocidad o los denominados vehículos de movilidad personal. ¡Las repasamos!
¿Qué modificaciones presenta el carnet por puntos?
Parece que fue ayer y, sin embargo, van a cumplirse 15 años desde la entrada en vigor del carnet por puntos. Con dicha iniciativa, se ha pretendido reforzar la seguridad vial en España a través de un sistema reeducador. Pues bien, con la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial se incrementa el número de puntos que los conductores perderán si infringen determinadas normas de tráfico:
- Sin duda, una novedad importante es que, en lugar de 3 puntos, este año se detraerán 6 puntos por conducir sujetando dispositivos de telefonía móvil con la mano. Estos últimos, según algunas estimaciones, son los causantes de distracciones que provocan numerosos fallecidos en la red viaria –en torno al 20%–.
- Por otra parte, no utilizar, o hacer un mal uso, del cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco de moto u otros elementos de protección supondrá la retirada de 4 puntos, uno más que los contemplados hasta la fecha. En el caso del casco de motorista, conviene recordar que debe estar homologado. Y que no hacer uso del mismo puede tener graves consecuencias.
- Asimismo, perderán tres puntos del carnet, y deberán pagar una multa de 200 euros, quienes lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros en sus vehículos. Dicha infracción está considerada grave.
Igualmente, con el paquete de reformas legales que se aplicará en 2021 se unificará en dos años el periodo que tendrá que transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos.
Los motoristas podrán recuperar puntos del carnet
Ya que hemos hecho referencia a la recuperación de puntos, en 2021 se materializará una medida que la DGT lleva proponiendo desde hace años: que los motoristas puedan recuperar puntos del carnet si participan en cursos de conducción segura. Algo que ya adelantamos en el blog para corredores de seguros de Senassur a finales del año pasado.
Concretamente, en 2021 se introducirá la posibilidad de recuperar 2 puntos del carnet de conducir por participar en este tipo de formación. Esta última tendrá que estar certificada por la DGT. Y todos sus requisitos y condiciones quedarán reflejados en una orden ministerial.
Sobre este tipo de iniciativas, desde la Asociación Nacional de Empresas del Sector de Dos Ruedas (Anesdor) recuerdan que los cursos de conducción segura para motoristas representan un medio muy efectivo en materia de prevención de accidentes de tráfico.
Guantes de motorista: obligatorios en carretera
Continuando con el colectivo de los motoristas, otra novedad que les afectará en 2021 será la obligatoriedad del uso de guantes con protecciones en carretera. Con dicha medida, que deberá ser reflejada en el Reglamento General de Circulación, España se equiparará a la vecina Francia, donde los guantes son obligatorios desde 2016.
En lo referente a la importancia de este complemento, el estudio Españoles ante la nueva movilidad de Pons Seguridad Vial pone de manifiesto que el 84% de los motoristas valora positivamente el uso de guantes de moto. Una opinión respaldada por Montserrat Pérez, subdirectora adjunta de Formación de la DGT, quien observa que “cuando un motorista sufre un accidente y se produce una caída, sus manos suelen sufrir lesiones, ya que, instintivamente, las antepone para evitar el golpe”.
De manera más explícita, la DGT advierte que no usar guantes específicos tiene sus riesgos en caso de accidente. Así, quienes no los utilicen se arriesgan a sufrir:
- Fracturas.
- Abrasiones.
- Traumas.
- Contusiones.
- Quemaduras.
- Discapacidad.
Y llegado el momento de adquirirlos recuerda que tienen que proteger las manos y las muñecas. Se desaconseja, pues, el uso de guantes para usuarios de motos clásicas o de estilo custom que dejan la mitad de los dedos al descubierto.
Límites de velocidad: ¿qué se modifica?
Otra reforma destacada en las normas de tráfico para los motoristas y conductores de turismos es que no podrán rebasar en 20 km/h el límite de velocidad establecido al adelantar a otro vehículo. Dicha medida será aplicable a las maniobras de adelantamiento que se realicen en carreteras convencionales.
Estas últimas siguen representando una gran porcentaje de accidentalidad. Buena muestra de ello es que en 2020 concentraron el 77% de siniestros con víctimas mortales. Ahora, con esta nueva medida se intenta reforzar el mensaje de que los adelantamientos en carreteras convencionales están asociados a riesgos de colisión frontal.
Antes de la aprobación de esta reforma, con la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación ya se intentó reducir el número de víctimas en las carreteras convencionales al establecer una velocidad máxima general de 90 km/h –lo cual suponía una reducción de 10 km/h–.
En cuanto a los límites de velocidad en vías urbanas, las modificaciones realizadas tanto en la citada norma como en el Reglamento General de Vehículos establecen lo siguiente:
- En las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h.
- En las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h.
- Y en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite seguirá siendo de 50 km/h.
La finalidad de estos límites, reflejados en el Real Decreto 970/2020, es reducir la siniestralidad en el ámbito urbano y regular las nuevas formas emergentes de movilidad ciudadana.
Normas de tráfico: otras reformas de interés
Hablando de formas emergentes de movilidad urbana, el Reglamento General de Vehículos prohíbe que los denominados vehículos de movilidad personal –como, por ejemplo, los patinetes eléctricos– circulen por determinados espacios (vías interurbanas, travesías, aceras, túneles urbanos…). Además, estos vehículos deberán disponer del correspondiente certificado de circulación.
Y de las reformas en materia de normas tráfico para 2021 también cabe destacar una nueva infracción muy grave: cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados supondrá una multa de 500 euros. Y no solo eso: los sancionados no podrán presentarse al examen en un periodo de seis meses.