DIPS: información más clara para el usuario

Comentarios (0) Noticias Seguros

La entrada en vigor de la nueva Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros Privados conllevará la entrega del DIPS, un documento previo a la contratación de una póliza con una información lo más comprensible posible para el tomador del seguro.

DIPS

Tal y como informamos en el post “El lenguaje asegurador se renueva”, el Reglamento de Ejecución 2017/1469 exige que el documento de información sobre productos de seguro no vida (DIPS), que las entidades que operan en la Unión Europea deben entregar a los usuarios antes de la contratación de una póliza, ha de redactarse empleándose un lenguaje sencillo que se aleje de la jerga especializada.

Un requisito que, a falta de su aprobación definitiva, será una de las novedades de la nueva Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros Privados, a la hora de redactar estas líneas en fase de proyecto de ley y fruto de la transposición de la directiva europea 2016/97 –más conocida como Directiva de Distribución de Seguros (IDD, por sus siglas en inglés)–.

DIPS: ¿qué dice el proyecto de ley?

El proyecto de Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros Privados le dedica un artículo al DIPS. Concretamente, el artículo 50 (Deber general de información previa sobre el contrato de seguro distinto al seguro de vida: documento de información previa), donde se especifica que este último habrá de facilitarse “en papel o en otro soporte duradero”. Y, además, que deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Será un documento breve e independiente.
  • Tendrá una presentación y una estructura claras que permitan su fácil lectura y utilizará caracteres de un tamaño legible.
  • En caso de que el original se haya elaborado en color, no deberá perder claridad si se imprime o fotocopia en blanco y negro.
  • Se redactará en las lenguas oficiales, o en una de ellas, utilizadas en la parte del Estado miembro en el que se distribuya el producto de seguro o en otra lengua si así lo acuerdan el cliente y el distribuidor.
  • Será preciso y no engañoso.
  • Incluirá el título “documento de información sobre el producto de seguro” en la parte superior de la primera página.
  • Incluirá una declaración de que la información precontractual y contractual completa relativa al producto se facilita en otros documentos.

En cuanto a la información que tendrá que incluir el documento, el proyecto de ley hace referencia a la siguiente:

  • Información sobre el tipo de seguro.
  • Un resumen de las coberturas del seguro, incluidos los principales riesgos asegurados, la suma asegurada y, cuando proceda, el ámbito geográfico de aplicación, así como un resumen de los riesgos excluidos.
  • Las condiciones de pago de las primas y la duración de los pagos.
  • Las principales exclusiones sobre las cuales no es posible presentar solicitudes de indemnización.
  • Las obligaciones al comienzo del contrato.
  • Las obligaciones durante la vigencia del contrato.
  • Las obligaciones en caso de solicitud de indemnización.
  • La duración del contrato, incluidas las fechas de comienzo y de expiración.
  • Las modalidades de rescisión del contrato.

Unespa: “La simplificación brinda una mayor protección al cliente”

En relación a cómo ha reaccionado el sector asegurador a los requisitos del DIPS, el documento ha propiciado que la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa) haya elaborado la “Guía de buenas prácticas en el uso terminológico utilizado en el documento de información de productos de seguros no vida”. Una herramienta de consulta con la que se pretende conseguir que las palabras incluidas en los seguros distintos a los de vida –pólizas de automóviles, hogar, salud, decesos, etc.– sean más claras y entendibles.

Y teniendo en cuenta que en la elaboración de los contratos de seguros se han empleado tradicionalmente unos términos jurídicos y una jerga profesional que resultan difíciles de comprender para muchos consumidores, Pilar González de Frutos, Presidenta de Unespa, da la bienvenida a un lenguaje asegurador más sencillo:

“La simplificación brinda una mayor protección al cliente que los términos más engolados, que pueden llegar a ser peor entendidos por parte de los usuarios. Estoy convencida de que una venta transparente en la que el tomador del seguro entiende lo que se está comprando producirá mejores resultados”.

DIPS: ¿qué opinión le merece al sector asegurador?

Por lo que respecta a las reacciones que ha suscitado el DIPS entre los profesionales del sector asegurador, Maciste Argente, Presidente de la Federación de Organizaciones Profesionales de Corredores y Corredurías de Seguros de España (FECOR), manifiesta al blog de Senassur que sus requisitos le parecen muy acertados:

“Tienen una clara orientación garantista para el consumidor de seguros. Todo lo que suponga aportar claridad a los asegurados es siempre bien recibido, ya que es algo imprescindible y previo a cualquier contratación”.

En la misma línea, Mónica Pons, Presidenta de Aunna Asociación, aplaude que el legislador plantee fórmulas para proteger al consumidor:

“Promover y defender la transparencia y la claridad del lenguaje siempre es algo positivo. Y desde Aunna Asociación damos la bienvenida a la iniciativa, aunque advertimos de que será difícil alcanzar un equilibrio para que la brevedad y la simplicidad no menoscaben la calidad y la relevancia de la información que debe aparecer en el documento”.

Y en sintonía con sus colegas, Moisés Núñez de Bien, Presidente del Colegio de Mediadores de Seguros de Málaga, añade:

“Es cierto que el sector asegurador tiene mucha normativa propia y transversal, pero creo que esta información previa es buena para el consumidor. Todo lo que encamine al usuario a una mejor comprensión de productos complejos es bueno”.

En general, ¿el lenguaje asegurador debería ser más comprensible?

Y más allá de los requisitos contemplados en el DIPS, ¿el lenguaje asegurador tendría que ser más claro y comprensible para quienes no estén familiarizados con la terminología empleada en el sector? En el caso de FECOR, Maciste Argente destaca el esfuerzo realizado por acercar el lenguaje técnico al coloquial, si bien se muestra defensor del primero:

“Por supuesto que apostamos por esa claridad en el lenguaje. Pero, sin duda, todo tiene límites y en el marco de un contrato de seguro no siempre es posible dejar de utilizar términos específicos. Así pues, abogamos por emplear los términos técnicos necesarios, en la medida en que sean imprescindibles, y orientar el contenido de las pólizas a un lenguaje y una redacción lo más comprensibles posibles para el tomador”.

Con un razonamiento similar, Moisés Núñez de Bien también defiende la terminología empleada habitualmente en el sector asegurador:

“Porque la gente no sepa de medicina, no podemos exigir a los médicos que cambien su manera de expresarse. En mi opinión, los profesionales podemos y debemos seguir con nuestro lenguaje. Y no hemos de renunciar a él, ya que representa nuestro acervo cultural y profesional. Otra cuestión es que tengamos la obligación de informar bien al consumidor sobre cualquier insuficiencia que entendamos contenga un ramo o producto”.

Por último, Mónica Pons, en un discurso que se desmarca del argumentado por los máximos responsables de FECOR y el Colegio de Mediadores de Seguros de Málaga, opina que el carácter técnico del lenguaje asegurador contribuye a la percepción de opacidad que, por lo general, la sociedad tiene del sector:

“Facilitar la comprensión de los términos técnicos nos permitirá acercar el seguro al consumidor y contribuirá a elevar su nivel de confianza actual. Y los corredores jugamos un papel fundamental para hacer accesible y comprensible el seguro al consumidor. Como asesores, evitamos que el cliente se enfrente solo a un complejo texto técnico-legal como es la póliza del seguro, ofreciéndole toda la información necesaria y despejando cualquier duda relativa al seguro que pueda surgir. Constituimos la mejor garantía y soporte para que el cliente entienda perfectamente lo que firma”.

En definitiva, si bien es cierto que algunos profesionales son firmes defensores de la terminología empleada en el sector asegurador, no lo es menos que todos coinciden en que se debe utilizar un lenguaje lo más claro posible llegado el momento de informar a los consumidores. Y por lo expuesto, el DIPS puede contribuir significativamente a que los productos que se comercializan sean más comprensibles para los usuarios, desde los más tradicionales hasta nativos digitales como los “millennials” o los pertenecientes a la generación Z.

https://corredoresymediadores.senassur.es/senassur/ley-de-distribucion-de-seguros-opiniones/

 

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Blog para corredores de seguros

Sobre Senassur

Bienvenido al blog de Senassur, la correduría de seguros especializada en seguros para vehículos.

Categorías

Senassur en Linkedin

siguenos en twitter

Sitios de interés

Senassur- Acceso Mediadores